Ley 1964 de 2019

 Ley 1964 de 2019 “Por medio de la cual se promueve el uso de vehículos eléctricos en Colombia y se dictan otras disposiciones”

El Congreso de la República expidió la ley que busca generar esquemas de promoción del uso de vehículos eléctricos y de cero emisiones, con el fin de contribuir a la movilidad sostenible en el país.

Lo que se busca mediante la promoción del uso de vehículos eléctricos es establecer una cultura de movilidad sostenible en el país y aportar a la reducción de emisiones de contaminantes y de gases de efecto invernadero.

Algunas de las estrategias que consagra la ley para promover el uso de vehículos eléctricos son: descuentos en la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, descuento sobre el registro o impuesto vehicular, tarifas diferenciadas para parqueaderos, exenciones tributarias, exención a las medidas de restricción vehicular tales como el pico y placa o el día sin carro y parqueaderos preferenciales.

Además, la ley dispone qué dentro de los seis años posteriores a la entrada en vigencia de la ley, el 30% de los vehículos del Gobierno nacional, los municipios de categoría 1 y especial, y los prestadores del servicio público de transporte, deberán ser eléctricos. Así mismo, la ley ordenó a la Contraloría General de la República hacer seguimiento y control al cumplimiento de dicha cuota.

Aunque el transporte eléctrico puede contribuir positivamente al mejoramiento de la calidad del aire y del medio ambiente, muchas de las estrategias mencionadas son delegadas por la ley a las entidades territoriales con un poder amplio de reglamentación, lo cual podría conducir a demoras u omisiones en la implementación de dichas medidas.







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