DECRETO 1174 DE 2020
DECRETO 1174 DE 2020 La precarización en elmundo laboral nosregresa cien años atrás, conEl decreto 1174 de 2020, seatenta el Estado Social de Derecho, es indignante que el gobierno de Iván Duquecondene la sociedad colombiana a la informalidad.
El decreto elimina el salario mínimo, y expone a largo plazo la posibilidad que los colombianospuedan acceder a una pensión de vejez, de riesgos laborales, de invalidez o de sobrevivientes. El empleo por horas, no encaja bien con los ritmos establecidosde actividad familiar y social, violando los patrones habituales de inclusión
social.
social.
El Decreto permite que la empresa colombiana contrate por horas, y que no arroje un salario para el trabajador, superior al mínimo. El decreto permite que el empleador no afilie el trabajador al sistema general de pensiones, ni de salud, ni de riesgos laborales; a las ARL, las cotizaciones que se hacen que son del 16% del salario del trabajador, ni a salud, ni tampoco a cajas de compensación familiar, que también es otro sistema de protección familiar, que se le van a negar a los trabajadores de largo plazo.
Los llamado pisos de protección social, que están en el plan de desarrollo, que consiste en afiliar a los trabajadores a los BEP beneficios económico periódicos, un beneficio que cuando lleguen a los 62 y 57 si es mujer, se les va a retribuir en dinero, una suma que se paga a dos meses, y que siempre es inferior al salario mínimo,
Esa es la expectativa pensional, que con el decreto 1174 de 2020 le acaba de posibilitar a los trabajadores colombianos, pensionarse con menos del salario mínimo, en una suma bimensual que pagara cada dos meses COLPENSIONES.
Con este decreto las empresas ya no tienen límites de trabajadores, que puedan contratar por horas, cuando el salario sea inferior al mínimo, la empresa no tendrá que afiliar al trabajador a pensión, salud o riesgos laborales, cajas de compensación familiar, lo que abaratara el costo de mano de obra, hasta el punto de incentivar el abuso del derecho, de los empleadores con el fin de ahorrarse, los costos en seguridad social,
Paralelamente esto lleva a que los trabajadores, vean arruinado la posibilidad de tener pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivencia, ya que para acceder a estas prestaciones, se requieren unas cotizaciones y al no existir esas contribuciones al sistema general de pensiones, ni la de riesgos laborales, ni la de cajas de compensación familiar, pues un numero grande de estos beneficios se perderán, pensión de vejes, de riesgos laborales, de sobrevivientes, subsidio familiar, esto es supremamente grave porque, atenta contra nuestro modelo constitucional, que es el estado
social de derecho,
social de derecho,
Los estados sociales de derecho, se caracterizan por la defensa del derecho al trabajo, y dela seguridad social, ese es un elemento característico, y con este decreto nos ubicamos en estado pos social o posterior a lo social, un estado que se desprende de lo social, para dejar de lado los derechos irrenunciables, que son derechos humanos, consagrados en el artículo 23 y 22 de la declaración de los derechos humanos de 1948.
El decreto trae unas supuestas sanciones para el empleador que desmejore al trabajador, de tiempo completo, a hora, en un periodo de un año, sin embargo a largo plazo por fenómenos como la terminación de los contratos, o por fenómenos como de vinculación, de nuevos trabajadores a la compañía,
Pues esos contratos no se van verificar, no van a hacer eficaces, solo aplica para los trabajadores que sean desmejorados en un periodo de un año. Un empleador puede determinar el contrato indemnizar al trabajador y dos o tres años después contratarlo o vincular paralelamente manos de obra por horas.
Es un Decreto que carece de elementos que puedan limitar el abuso del derecho, por parte del empleador, en desmejorar a los trabajadores de tiempo completo y pasarlos a horas. Carece de elementos eficaces para limitar el abuso del derecho.
El decreto es parte de una política fascista, neoliberal, que diluye los derechos renunciables de las personas, destruye la cohesión social, destruye el compromiso político de las diversas ideologías que colaboran con el estado social de derecho, reconociendo puntos éticos mínimos de justicia social que deben de ser reconocidos a todas las personas.
Con este decreto y como sociedad estamos renunciando a puntos de equilibrio social que hay en nuestra constitución, y que atravez de este tipo de normas, se ven eliminados, por tal razón se convoca al movimiento social en general a oponerse a movilizarse, y a demandar este decreto.
Con todos y todas en la movilización vamos a cambiar el rumbo del país,
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