Nuestra Lucha Jurídica como Sindicato Alternativo.
Los Mototrabajadores visionamos un sindicalismo
alternativo, muy lejos del sindicalismo tradicional que ostenta la supremacía,
la aristocracia y supuesta eficacia sindical, nuestra lectura va hacia el sentido
y origen de esa aristocracia, establecida, en donde la utopía para este sector
es desconocida, Por que obedece al
desarrollo que le impone el modelo.
La historia de lo que
llamamos Sindicalismo tradicional, ha dado una lenta evolución, con avances y
resistencias, en ciclos históricos
perfectamente definidos, en los años 70 Y 80, donde fuimos testigos de una
dinámica sindical que accionaba desde la
junta comunal, hasta la instituciónalidad. Para el mototrabajador Colombiano, el
concepto Sindical, es algo que nos hemos
acostumbrado a citar, diría que lo mencionamos con gran facilidad pero, siempre
tenemos en cuenta y reparamos en sus antecedentes y desarrollo y vemos que en
el sindicalismo tradicional ha corrido mucha agua bajo el puente, para decirlo
en términos coloquiales.
El avance ha
significado, que en lo que llamamos mundo sindical, hubo un primer momento en
que se trató de poner algunos límites y
condiciones al modelo, pero hasta hoy,
se encuentra en estancamiento meramente reivindicativo, hoy,
el problema empieza por la legitimación sindical, es decir, el de la reconducción que implica volver a la construcción de la base sindical, con objetivos sociales, solidarios y
humildes, que conlleven a tocar la superestructura del estado y no simplemente
movilizarse por reivindicaciones monetarias y de barriga.
Los mototrabajadores no
tenemos ni la condición, ni la relación obrero patronal, venimos dando pasos y
vamos a llegar a una etapa que construya tejido social en el marco de sindicato
alternativo, que recoja las aspiraciones,
desde el núcleo familiar para los
desempleados, Moto trabajadores, y toda
la informalidad que hoy esta en la tercerización laboral, y su entorno. A
través de listados de derechos fundamentales, traídos al texto constitucional,
receptados a través de una cláusula, que admite la misma Constitución, marcada
también por la omnipresencia de principios y valores al servicio del interés
particular.
Buscamos un sindicato
alternativo que emane del pueblo, que
exija temprana y certeramente el artículo 16 de la Declaración de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano, «estuviera asegurada la división de los poderes y
la garantía de los derechos», que recoja o adopte un respetable catálogo de
derechos fundamentales, como referíamos atrás, que sea capaz de dar cobijo a una serie de
principios y valores básicos para la convivencia y el bienestar tanto sindical
como popular.
La lucha sindical en
nuestros días está sustentada por un duro y generalizado esqueleto de leyes,
especialmente de leyes destinadas a garantizar, definir y proteger una red de
derechos individuales, a estas alturas
la evolución del pensamiento sindical, jurídico y del sentimiento
constitucional, es ociosa ante la aproximación de la «supremacía».
De aquí es donde surge
la necesidad específica de que la lucha sindical cuente con mecanismos
apropiados de defensa, entre ellos el de una garantía jurisdiccional, con
instrumentos constitucionales que tengan por objeto hacer realidad en la vida
jurídica de un país la operatividad Normativa de la Constitución y la lucha
sindical.
El origen del
Sindicalismo en el mundo laboral empieza como punto de partida político del
ordenamiento jurídico, Pero en nuestros días, es debilitado y tiende a desaparecer, por que esta fuera del ordenamiento jurídico
y Permanece al margen del mismo. El sindicalismo de
hoy marcha paralelamente como la Constitución de Colombia convertida en norma jurídica,
pero sin elementos del propio ordenamiento, sino que permanece como premisa
política, fuera del ámbito jurídico, que no comienza con la Constitución, sino
con la Ley y condiciones de régimen jurídico que le impone la obligación del
capital multinacional.
La enumeración de Las
fuentes del derecho en el Título Preliminar del Código Civil lo resalta con toda claridad. No sólo queda
en materia constitucional, si no que
esta fuera de la Constitución, que, ni siquiera es mencionada como fuente del
derecho.
Los Mototrabajadores buscamos un sindicato
alternativo con filosofía de libertad, y una legislación que garantice la
libertad; la vinculación de la lucha sindical al modelo institucional lo aleja
de la comunidad y de los sectores populares, La militancia sindical esta lejos
de la educación, sus dirigentes resultaron confiriéndole la lucha sindical al
modelo legislativo y su obra normativa, tanto que los lleva a plantear la
imposibilidad de revisión de las leyes, concebidas como emanadas de la Nación
soberana a través de sus representantes, y
por cualquiera de los otros órganos del Estado, quedando por debajo de
los instrumentos constitucionales.
Al no existir
una proyección del principio de
legitimidad sindical, sobre la norma jurídica emanada por el Parlamento, implica
también que la lucha sindical
termine en textos declarativos y estériles
de una organización política, sin contenidos normativos directamente aplicables
y garantizados.
La Constitución
política de Colombia es manifiestamente la voluntad del pueblo que debe
prevalecer sobre la voluntad de los órganos constituidos, el primer y principal
derecho constitucional que los ciudadanos tienen en un Estado Social de
Derecho, es el derecho a dicha supremacía, es decir, al respeto
de la propia voluntad popular expresada en la Constitución, como manifestación
de la soberanía del pueblo de exigir el respeto de esa Constitución.
PERIMETROS DE CIUDAD.
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